QUE DICEN LOS ARTICULOS 57,61 Y 62 DE LA 24.600 Y SU REGLAMENTACION?
ARTICULO 57
- Dispone la creación de Subcomisiones Paritarias por cada sector (Cinco en total), para tratar las cuestiones laborales específicas de cada uno de estos.
REGLAMENTACION ARTICULO 57
- Las Subcomisiones Paritarias realizarán dictámenes, que serán elevados a la Comisión Paritaria Permanente para su aprobación o rechazo. Los dictámenes deberán ser tratados con un máximo de 60 días hábiles de su elevación.
- Estarán integradas por seis (6) miembros, tres (3) por las asociaciones sindicales y tres (3) designados por la autoridad administrativa del sector correspondiente. La duración en sus cargos será de un (1) año y deberán reunirse como mínimo una vez cada sesenta días.
ARTICULOS 61 Y 62
.Disponen la creación de un comite Mixto de Higiene y Seguridad, en cada uno de los sectores del Congreso (cinco en total).
REGLAMENTACION ARTICULOS 61 Y 62
- Son funciones de los Comités Mixtos de Higiene y Seguridad:
- Promover y realizar todas las acciones para el cumplimiento de la higiene y seguridad en el ámbito del Congreso.
- Representar y defender el interés del trabajador en todos aquellos asuntos sobre higiene y seguridad.
- Velar por la observancia de las leyes sobre higiene y seguridad.
- Elaborar un informe semestral por escrito.
- Asesorar e instruir a los trabajadores para la correcta utilización de los instrumentos de protección.
-Realizar visitas períodicas a los lugares de trabajo para revisar y efectuar análisis de los procedimientos de trabajo y uso de los medios de protección impartiendo instrucciones en el momento mismo;
- Organizar reuniones informativas, charlas o cualquier otro medio de divulgación.
- Investigar las causas de los accidentes del trabajo y enfermedades laborales que se produzcan en el sector.
-Recomendar a las autoridades la adopción de todas las medidas de higiene y seguridad que sirvan para la prevención de los riesgos profecionales.
- Promover la realización de cursos de capacitación destinados a la instrucción profecional de los trabajadores en organismos públicos o privados autorizados.
- Efectuar denuncias ante la autoridad competente frente a un incumplimiento grave de la ley de higiene y seguridad o de la ley de riesgos de trabajo.
- Cada Comite estará integrado por seis (6) mienbros, tres (3) por las asociaciones sindicales y tres (3) designados autoridad administrativa del sector correspondiente. Tanto los representantes de las autoridades como los de los trabajadores, deberán ser preferentemente personas vinculadas a las actividades técnicas y/o administrativas que se desarrollen en cada sector y con conocimientos en Seguridad e Higiene. Durarán en su cargo un (1) año.
- El Comité desarrollará su actividad en forma permanente y se reunirá como mínimo una vez cada treinta (30) días o cada vez que en el respectivo sector ocurra un accidente de trabajo que por sus caracteristicas y consecuencias, excedan los riesgos normales que llevan el desempeño de las tareas.
- Las autoridades deberán otorgar las facilidades y adoptar las medidas necesarias para que funcionen adecuadamente los Comites Mixtos de Higiene y Seguridad y proporcionarles la información que requieran relacionadas con sus funciones. Así mismo deberán poner en funcionamiento los Departamentos de Seguridad e Higiene en el trabajo en cada sector del Congreso, que trabajarán sincronizadamente con los Comites.